La verdadera inclusión

Escribe: Wilder Calderón Castro

Hernando de Soto en “Los Misterios del Capital” solía referirse sobre cuán indispensable es la propiedad formal para la formación del capital. Un país de propietarios, es un país que progresa. 

El capital, como la energía, es un valor en estado latente. Nace de representar por escrito –un título, valor, contrato o documentos similares- las cualidades económicas socialmente más útiles. Empero, no olvidemos que un título no es un papel fácil, sino un proceso largo de medición, estudios y registros para ser un título responsable. De esta manera, dotamos a los pobres de las herramientas que les permiten fijar el potencial económico de sus activos. 

Así lo entendimos desde el gobierno aprista. En el quinquenio pasado entregamos 800 mil títulos registrados, con lo que cumplimos el objetivo trazado por la administración del presidente Alan García, de garantizar la propiedad de los más pobres, con el título debidamente saneado de los inmuebles que ocupan. Eso permitió el desarrollo de la economía y el sentido de la propiedad en cada familia. Le imprimimos velocidad a un burocrático proceso con el propósito de impulsar la economía de los hogares más pobres del Perú.

En esa misma perspectiva, desde el Congreso de la República impulsamos, como co autores, la Ley N°29415, que declara de necesidad pública el proceso de Saneamiento Físico Legal de Predios Tugurizados, con fines de renovación urbana en el ámbito nacional. 940 mil familias que viven en tugurios y cuatro millones y medio de hogares peruanos fueron favorecidos por esta iniciativa legislativa. El 90% de las familias que viven en tugurios tienen una antigüedad de 40 años en el predio; y un 85% alguna vez fue inquilino hijo o nieto de inquilino. 

Esta norma que se divide en cinco capítulos, 35 artículos, 5 disposiciones complementarias y 2 finales, tiene por objeto que se cumpla en las siguientes etapas: Etapa de saneamiento legal de predios tugurizados; y, Etapa de Saneamiento Físico de Predios Tugurizados. La presente Ley regula las acciones de los procesos de saneamiento físico y legal de predios tugurizados con fines de renovación urbana en las áreas de tratamiento sean de propiedad privada o estatal, comprendiendo tanto a personas naturales como jurídicas y que hayan sido designadas como tales por las municipalidades distritales.

Este marco legal es el que el país necesita para la modernización de nuestras urbes más importantes, tal y como ha sucedido con procesos similares en otros países de la región como México y Colombia. 

Ciudades como Lima, Arequipa y Trujillo cambiarán paulatinamente su rostro. Vamos a derrotar las terribles estadísticas de la precariedad habitacional y la información predial en los barrios antiguos y, por ende, seguir en nuestra lucha contra la pobreza en el país como lo hicimos desde nuestra trinchera, con justicia social. Cabe destacar, que incluso en Ancash realizamos una serie de audiencias públicas para dar a conocer los alcances de esta norma.

Con esta norma, venimos mejorando la calidad de vida de quienes viven hacinados en casonas antiguas y callejones. Para nadie es un secreto, que la construcción de más viviendas y de cerca de 140 mil obras durante el quinquenio pasado, fue la locomotora que impulsó el desarrollo y el bienestar que los peruanos hemos comenzado a sentir en los últimos años. El milagro peruano, le dicen.

La inclusión social no es el parafraseo ideal para un programa de gobierno o una hoja de ruta. No, señor. Para nada. La inclusión social es el producto de la aplicación de la justicia social, pero sin demagogia, sin promesas vacías. Justicia social es sinónimo de oportunidad de propiedad para todos.

La memoria colectiva es frágil. Ese alzheimer selectivo ha tratado, sin éxito aparente, de colocar en el olvido nuestra participación en Ancash por darle propiedad a los más pobres. Están de testigos los posesionarios de Chinecas. Cuando se discutió en el Pleno del Congreso, la hoy Ley N° 27867, “Ley que Declara la Ejecución Prioritaria el Proyecto Especial Chinecas”, de mi autoría, abogué por los posesionarios de Chinecas y a mi solicitud durante su discusión, solicité la modificatoria del artículo 7° con el propósito de resguardar sus derechos. Recogí de los posesionarios de Chinecas, la expectativa que tenían sobre ese proyecto, por lo que pedí que se incluyera el texto dejando a salvo los derechos que otorgan las Leyes 27887, 28042 y 28441.

Como legislador ancashino gestioné también ante la Superintendencia de Bienes Nacional, la donación de las tierras que pertenecían a los asentamientos humanos de las Begonias, Conquistadores, Victoria del Sur, Praderas del Sur, Los Constructores, Nueva Esperanza, entre otros, a la Municipalidad Provincial del Santa, luego de descartar la posibilidad de que los posesionarios de estos terrenos tengan título por COFOPRI, pues existen razones jurídicas que no lo permitían. 

Haya de la Torre siempre refirió que para hacer justicia social era necesario generar riqueza para los más pobres. Y la tenemos clara: generar propiedad es generar riqueza, crecer a un ritmo del 6% anual durante los próximos veinte años garantiza el destierro de la pobreza. Esa es la verdadera inclusión y no la política de la dádiva o asistencialismo de papá Estado,


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