Lima, 11 de abril de 2010.- Por la solución definitiva. El congresista de la República, Wilder Calderón Castro, exhortó a la ministra de Economía y Finanzas, Mercedes Araoz Fernández, para que atienda en breve la problemática de los pescadores jubilados que en la actualidad se les adeuda 13 meses de pago por concepto de pensiones, a lo que se suman los pagos correspondientes a las gratificaciones de julio y diciembre del 2009.
En comunicación escrita, el legislador por Áncash señaló que existe una sentencia firme de la Corte Suprema de Justicia, la cual ordena al Ministerio de Economía y Finanzas pagar a la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador, la suma de cinco millones quinientos dieciséis mil dólares americanos; monto con el que se podría aliviar este problema social que aqueja a cientos de pescadores a lo largo del litoral peruano. “La ministra expresó su intención manifiesta por buscar una solución integral al problema”, refirió.
En el texto, Calderón Castro se permite sugerir una fórmula de solución que salvaguarde el cumplimiento por parte del MEF de la sentencia firme de la Corte Suprema de Justicia, acreditando el pago directo a los jubilados sin que estos fondos sean administrados por la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador.
“El MEF tiene una sentencia firme, por la que se le ordena pagar la suma de US$ 5’516,338.10 dólares americanos a la CBSSP, más intereses. En tal sentido tenemos un mandato judicial que ordena: Pagar la suma liquida de US$ 5’516,338.10 dólares americanos a favor de la CBSSP; pagar los intereses legales derivados de la obligación anterior, los mismos que faltan liquidar. Se trata de compatibilizar: el mandato judicial que ordena el pago, la atención prioritaria a dichos jubilados, sorteando la administración directa de la CBSSP”, puntualizó.
“Para ejecutar esto, se requiere un Convenio de Pago por la suma liquida entre el MEF y la CBSSP, por medio del cual el MEF, paga la totalidad de la deuda directamente a los jubilados que determina la CBSSP utilizando las ventanillas del Banco de la Nación, dicho Convenio de pago debe ser aprobado por el juez , a cargo de la Ejecución , para mayor seguridad del MEF, y se entienda sin lugar a dudas que dichos pagos se imputan a la deuda materia de ejecución”, acotó.
En comunicación escrita, el legislador por Áncash señaló que existe una sentencia firme de la Corte Suprema de Justicia, la cual ordena al Ministerio de Economía y Finanzas pagar a la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador, la suma de cinco millones quinientos dieciséis mil dólares americanos; monto con el que se podría aliviar este problema social que aqueja a cientos de pescadores a lo largo del litoral peruano. “La ministra expresó su intención manifiesta por buscar una solución integral al problema”, refirió.
En el texto, Calderón Castro se permite sugerir una fórmula de solución que salvaguarde el cumplimiento por parte del MEF de la sentencia firme de la Corte Suprema de Justicia, acreditando el pago directo a los jubilados sin que estos fondos sean administrados por la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador.
“El MEF tiene una sentencia firme, por la que se le ordena pagar la suma de US$ 5’516,338.10 dólares americanos a la CBSSP, más intereses. En tal sentido tenemos un mandato judicial que ordena: Pagar la suma liquida de US$ 5’516,338.10 dólares americanos a favor de la CBSSP; pagar los intereses legales derivados de la obligación anterior, los mismos que faltan liquidar. Se trata de compatibilizar: el mandato judicial que ordena el pago, la atención prioritaria a dichos jubilados, sorteando la administración directa de la CBSSP”, puntualizó.
“Para ejecutar esto, se requiere un Convenio de Pago por la suma liquida entre el MEF y la CBSSP, por medio del cual el MEF, paga la totalidad de la deuda directamente a los jubilados que determina la CBSSP utilizando las ventanillas del Banco de la Nación, dicho Convenio de pago debe ser aprobado por el juez , a cargo de la Ejecución , para mayor seguridad del MEF, y se entienda sin lugar a dudas que dichos pagos se imputan a la deuda materia de ejecución”, acotó.
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